USO DE POSNET OBLIGATORIO

Si bien ya era obligatorio el uso del posnet según RG3997/E AFIP dispuso fechas límites a partir de las cuales estaría controlando la implementación de los mismos.

COMERCIO (ventas por mayor y venta por menor)

HOTELES

RESTAURANTES

Ventas netas del período fiscal 2015

Mayores o iguales a $ 4.000.000.-                            30/04/2017

Entre $ 1.000.000,01 y $ 3.999.999.99                     31/05/2017

Menores o iguales a $1.000.000.-                            30/06/2017

Profesionales-Salud

Cultura – Deportes

Entretenimientos

Facturación neta del período fiscal 2015

Mayores o iguales a $ 4.000.000.-                            31/07/2017

Entre $ 1.000.000,01 y $ 3.999.999.99                     31/08/2017

Menores o iguales a $1.000.000.-                            30/09/2017

Resto de contribuyentes

 

Facturación neta del período fiscal 2015

Mayores o iguales a $ 4.000.000.-                            31/10/2017

Entre $ 1.000.000,01 y $ 3.999.999.99                     30/11/2017

Menores o iguales a $1.000.000.-                            31/12/2017

Monotributistas (NO DEPENDE DE LA FACTURACIÓN, SINO DE LA CATEGORÍA:

Categorías F a K: hasta el 31/12/2017

Categorías A a E: hasta el 31/03/2018

 

Aquellos ciudadanos contemplados en el Artículo 10 de la Ley N° 27.253 quedarán exceptuados de aceptar los medios de pago previstos en la presente cuando se produzca alguna de las siguientes situaciones:

  • El importe de la operación sea inferior a diez pesos ($ 10.-)
  • La actividad se desarrolle en localidades cuya población resulte menor a un mil (1.000) habitantes.

Finalmente, se destaca que el incumplimiento de lo establecido en la presente normativa, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Artículo 13 de la Ley N° 27.253.

 

 

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