Desde este año 2018, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales.
Los nuevos importes son los correspondientes:
Devengado marzo con vencimiento primeros días abril
Devengado junio con vencimiento primeros días de julio
Devengado septiembre con vencimiento primeros días de octubre
Devengado diciembre con vencimiento primeros días de enero 2019
Hay que tener en cuenta que la actualización de la deuda de autónomos que hace AFIP es a valores corrientes y los intereses son desde el vencimiento de la obligación tomando en cuenta el valor corriente y no el valor histórico de la deuda lo que sumado a las nuevas tasas de interés anunciadas a partir de marzo tornan dichas deudas en valores realmente importantes….